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La reforma pensional ha sido aprobada

la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) se público en el Diario Oficial el 16 de julio de 2024 y empezará a regir desde el 1 de julio de 2025.

Aquí encontrarás toda la información que necesitas para construir tu camino pensional.

Lo más importante

  • En el nuevo sistema, Colpensiones y las Administradoras del régimen de ahorro individual trabajarán juntas.
  • Debes cotizar los primeros 2.3 salarios mínimos en Colpensiones, y el resto en una Administradora privada.
  • Si te aplica la nueva ley, Colpensiones será quien pague tu pensión.
  • Los requisitos para obtener pensión se mantienen en 1.300 semanas cotizadas y 57 años (mujeres) o 62 años (hombres). Las semanas de cotización requeridas para las mujeres disminuirán gradualmente a partir del 2025 hasta llegar a 1.000 semanas en el 2036.

De acuerdo con las semanas cotizadas y edad, los afiliados al Sistema Pensional se dividirán en tres casos: régimen de transición, oportunidad de traslado o nueva ley.

Régimen de Transición

La nueva Ley define que permanecerán bajo las condiciones del régimen pensional actual (ley 100 de 1993) las mujeres que cuenten con 750 semanas cotizadas o más, y para el caso de los hombres, 900 o más semanas cotizadas al 1 de julio de 2025. Lo que quiere decir que a este grupo de personas no les aplicará la nueva reforma.

Oportunidad de Traslado

Es la oportunidad que tienes de trasladarte de Colpensiones a una Administradora de pensiones como Porvenir o viceversa. Aplica para las personas que al 16 de julio de 2024 se encuentran a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión y que cuenten con 750 semanas cotizadas o más para el caso de las mujeres o 900 o más semanas para el caso de los hombres.
En este caso seguirá bajo el Sistema de Pensiones definido en la Ley 100 de 1993.

Nueva Ley

Es la aplicación del nuevo Régimen Pensional, donde a partir del 1 de julio de 2025, las mujeres que cuenten con menos de 750 semanas y los hombres con menos de 900 semanas cotizadas, realizarán los aportes pensionales por los primeros 2.3 SMLMV a Colpensiones.

Para los afiliados donde el salario supere dicho monto, el excedente, será cotizado a una Administradora Privada. Si es tu caso, antes del 16 de enero, debes elegir esa Administradora.


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